El calendario laboral de la Generalitat de Catalunya de este año dispone que el día 25 de julio, fiesta de Santiago, es día laborable.
Atendiendo a la importancia de esta fiesta dentro del calendario de la Iglesia y previendo las dificultades que, por causa del trabajo, puedan tener los fieles para celebrarla;
POR EL PRESENTE decreto disponemos lo siguiente:
1. En las poblaciones donde se haya elegido esta fecha como fiesta local y, en consecuencia, sea día festivo, se mantiene la fiesta de Santiago como día de precepto;
2. En las poblaciones donde no sea día festivo, queda dispensada la obligación de participar en la celebración eucarística, así como también quedan dispensadas las demás obligaciones derivadas de las fiestas declaradas de precepto.
Lo decreta y firma el Emmo. y Rvdmo. Sr. Cardenal Arzobispo de Barcelona.
† Lluís Martínez Sistach
Cardenal Arzobispo de Barcelona
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